July 2, 2012

Reglamentación de Cría del C.E.P.P.B. - SPAIN


Reglamentación de Cría del C.E.P.P.B.

Aprobado en Asambleas de 10 Mayo 1983 y 27 de Marzo de 2010
        I.     El presente reglamento de cría es parte integrante del reglamento interior del Club Español de Perro de Pastor Belga y define las reglas que deben observarse en materia de producción y cesión de los cachorros. Obliga a todos los productores socios del C.E.P.P.B., bajo pena de sanciones, previstas en el artículo XII de los Estatutos del Club, refrendados por la Real Sociedad Central Canina.
     II.    Las hembras y los sementales utilizados por los productores deben estar en perfecto estado de salud y recibiendo las atenciones más estrictas para su cuidado.
   III.     Solo los ejemplares de calidad (hembras y machos), deben ser utilizados para la producción. Serán sancionados gravemente aquellos productores que se sirvan de sujetos que tengan algún defecto descalificativo, según el estándar, así como aquellos que produzcan con fuerte y reiterada consanguinidad.
  IV.      Las hembras sólo podrán ser utilizadas para la reproducción a partir de los 18 meses y hasta los 9 años. Los machos, lo serán, entre los 15 meses y hasta los 10 años. Cualquier derogación de esta regla deberá solicitarse al Club con 2 meses de antelación.
     V.    Las hembras no deben tener más que una camada por año. A lo largo de la vida reproductora de la hembra se podrá conceder una excepción a dicha regla. Las condiciones para ello serán acordadas por la Comisión de Cría y dicho acuerdo deberá ser ratificado en Asamblea General de socios.
  VI.     Los cachorros producidos por un socio del C.E.P.P.B. deberán estar en perfecto estado de salud y correctamente alimentados. Deberán ser entregados sin espolones, desparasitados, vacunados y debidamente identificados según la normativa del Club. En caso de una justificada imposibilidad de practicar o hacer que se practique el tatuaje, el productor deberá comunicarlo al Club, que le extenderá un certificado con destino a los propietarios. Los cachorros nunca abandonarán el criadero antes de la 7º semana. Además, los cachorros deberán ser entregados junto a su resguardo del L.O.E., a no ser que presenten algún defecto causa de descalificación, en cuyo caso el productor deberá informar al Club y a la Real Sociedad Central Canina, para que ésta haga constar en su inscripción que el ejemplar no es apto para la reproducción ni para las exposiciones.
VII.      Cada productor deberá entregar al propietario, por escrito, los cuidados necesarios que deben aplicarse a los cachorros, pudiendo utilizar sus propios folletos o bien, libros especializados o revistas del Club que incluyan dichos cuidados.
VIII.    Cada productor socio del C.E.P.P.B. debe remitir a la secretaría del Club, los nombres y direcciones de los propietarios de los cachorros, con la finalidad de que sea el Club quien contacte directamente con ellos y les sean enviados los estatutos e inscripciones.
   IX.    Sólo serán incluidas en la revista del Club, dentro del apartado general “Noticias de los Criaderos” y publicados en la información general de la Web del Club y Mini Webs de socios, aquellas camadas que cumplan la normativa establecida por la Comisión de Cría, previa ratificación de dicho acuerdo en Asamblea General de socios.
     X.   La Junta Directiva, puede nombrar a un miembro del Club, conocido por su buena reputación, su cualificación y honestidad, para examinar en un momento determinado el estado de cualquier criadero, verificando las camadas declaradas, el estado de los cachorros y las instalaciones. Aquellos productores socios del Club que eludan o dificulten esta inspección deberán explicarse ante la directiva del Club (según lo previsto en el artículo XII de los Estatutos).
   XI.  Las faltas al presente reglamento, serán susceptibles de sanciones estatutarias como se define en el artículo XII de los estatutos del Club: "Podrá ser expulsado cualquier criador o propietario que, voluntariamente, haga caso omiso de las recomendaciones de la Comisión de Cría del Club, e insista en seguir produciendo y vendiendo cachorros con defectos hereditarios, perjudiciales para la mejora de la raza.

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15 de Dezembro - 2012 - Póvoa de Varzim